385 Grados
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Abrirá Morena registro para aspirantes a candidatos a diputados locales, ayuntamientos y presidencias de comunidad en Tlaxcala del 26 al 28 de noviembre 

*De acuerdo con la convocatoria los registros aceptados se darán a conocer el 21 de enero y la definición de candidaturas para Tlaxcala será el 25 de marzo para diputados locales y el 21 de abril para ayuntamientos y presidencias de comunidad, como parte de su proceso interno.

385 Grados / Tlaxcala / Maire PISCIL / Como parte de su proceso interno, el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) emitió la convocatoria para la elección de candidatos a diputados locales por los principios de mayoría relativa y plurinominales, ayuntamientos, sindicaturas, regidurías, presidencias de comunidad, así como juntas municipales, alcaldías y concejalías en las 32 entidades del país de cara al proceso concurrente de 2024.

De acuerdo al documento dado a conocer por la dirigencia nacional, los aspirantes a dichos cargos de elección popular en Tlaxcala, deberán realizar su registró vía electrónica ante la Comisión Nacional Electoral (CNE) del partido del 26 al 28 de noviembre, los registros aceptados serán dados a conocer el 21 de enero y, en aquellos casos, en los que se aprueben más de uno y hasta cuatro fórmulas, deberán someterse a una encuesta y será designado quien resulte mejor posicionado, resultados que se darán a conocer el 25 de marzo para el Congreso local y el 21 de abril para ayuntamientos.

Los estudios demoscópicos serán realizados por la Comisión de Encuestas, que podrá contar con dos encuestas espejo realizadas por empresas de reconocido prestigio, para determinar la persona idónea y mejor posicionada para representar a MORENA en la candidatura correspondiente; el resultado de dicho estudio de opinión tendrá un carácter inapelable.

De acuerdo al documento podrán inscribirse hombres, mujeres y cualquier otra expresión o identidad de género, asimismo establece que el partido cumplirá con la postulación paritaria, así como la relativa a acciones afirmativas en las candidaturas correspondientes de conformidad con lo establecido por los Organismos Públicos Locales Electorales en los estados, que, por primera vez, se realizarán de manera concurrente 2023-2024 y en la normatividad aplicable.

Los interesados a diputaciones locales deberán solicitar su registro a través de la página https://registroinfp.morena.app/Convocatoria/Detalle/481e3e2d-0f98- 41b8-a191-fb69f94e1fc4; mientras que los aspirantes a ayuntamientos, alcaldías, presidencias de comunidad y juntas municipales a la dirección https://registroinfp.morena.app/Convocatoria/Detalle/e0166946-97e7- 4303-ba68-f051bee8b68b. Establece que sólo las personas firmantes de las solicitudes de inscripción aprobadas por la Comisión Nacional de Elecciones podrán participar en las siguientes etapas del proceso; los resultados podrán ser consultados en http://www.morena.org.

Deja en claro que el registro podrá ser cancelado, o no otorgado, por violación grave a las reglas establecidas en el Estatuto y en esta Convocatoria a juicio de la Comisión Nacional de Elecciones y/o del Comité Ejecutivo Nacional.

 En cuanto a la participación de partidos al proyecto de la Cuarta Transformación pueden solicitar su inscripción en su calidad de externos para su registro en el proceso interno de selección de candidaturas por el principio de mayoría relativa y elección popular directa en el proceso electoral local 2023-2024.

En cuanto a las listas de candidaturas por el principio de representación proporcional incluirán un 33 por ciento de aspirantes externos que ocuparán la tercera fórmula de cada tres lugares.

Señala que la Comisión Nacional de Elecciones previa valoración y calificación de los perfiles, aprobará el registro de las personas aspirantes con base en sus atribuciones; dicha calificación obedecerá a una evaluación política del perfil de la persona aspirante, a fin de seleccionar el perfil idóneo para fortalecer la estrategia político-electoral de MORENA en la elección correspondiente, quienes se someterán a un proceso de insaculación.

Precisa que cada persona que resulte insaculada se ubicará secuencialmente en orden de prelación de la lista correspondiente. La primera persona que salga insaculada ocupará el primer lugar disponible y así sucesivamente hasta completarla.

Señala que la definición final de la candidatura de MORENA y en consecuencia el registro ante la autoridad electoral respectiva estará sujeto a lo establecido en el convenio de coalición, alianza partidaria o candidatura común con otros partidos políticos.

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