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Aprueba ITE Reglamento de Asistencia Técnica, Jurídica y Logística para elecciones por usos y costumbres

385Grados / ITE / Isabel JUÁREZ / El pleno del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó el Reglamento de Asistencia Técnica, Jurídica y Logística a las comunidades que realizan elecciones de presidencias de comunidad por el sistema de usos y costumbres, en cumplimiento a una resolución emitida por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

Donde el nuevo documento cumple con las observaciones y disposiciones advertidas por la autoridad jurisdiccional, mismo que se llevó dos años en su conformación, en el cual, tomaron en cuenta las opiniones de 54 comunidades, resaltó el presidente del órgano electoral, consejero Emmanuel Ávila González.

“Como una institución garante de derechos, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones privilegió la autodeterminación de las propias comunidades y siempre estuvimos alertas a la participación de las mismas en el momento en que lo dispusieran”, expresó.

Al respecto, la consejera electoral Janet Cervantes Ahuatzi recordó que la consulta previa, libre e informada estuvo dirigida a las 94 comunidades que eligen a sus autoridades por usos y costumbres, el cual se desarrolló a lo largo de seis fases que abarcaron mesas de trabajo con la población de 74 comunidades que mostraron su interés en participar; convenios de colaboración con diferentes instancias que sirvieron de apoyo, difusión, así como las fases informativa, deliberativa y consultiva.

Detalló que en la fase informativa participaron 66 comunidades, en la fase deliberativa sumó a 34 que establecieron diálogo y discusión con la finalidad de participar en la fase consultiva que involucró a 52 comunidades en 24 municipios. Finalmente, recordó que en mayo de 2023 iniciaron con la fase de ejecución que determinaron suspender temporalmente hasta que se desahogaran los medios de impugnación interpuestos contra este proceso.

En consecuencia, el 12 de diciembre de 2023 reanudaron la formulación del reglamento que a partir del 13 de enero de 2024 fue dado a conocer a las comunidades mediante mesas de trabajo con el propósito de que hicieran observaciones.

Con relación a la temporalidad para solicitar la asistencia del ITE, establecieron plazos de 15, cinco y tres días previos a la asamblea; también determinaron que el presidente o presidenta de comunidad, la asamblea, el comité electoral o la mesa de debates son los órganos que podrán solicitar el acompañamiento de la autoridad electoral. Por último, indicaron que las autoridades que pueden apoyar a la difusión de la convocatoria son el ITE, el comité electoral mediante perifoneo, el presidente o presidenta de comunidad saliente o el ayuntamiento.

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