385Grados / Laura Yamili / REDACCIÓN / La diputada perredista, Laura Yamili Flores Lozano, present al Pleno del Congreso del Estado una iniciativa de reforma que garantice el efectivo reconocimiento de los derechos individuales y colectivo de los pueblos indígenas y afromexicanos en Tlaxcala, así como la asignación de hasta el 3 por ciento del presupuesto estatal para esos grupos de población.
En la sesión ordinaria de este jueves, la legisladora propuso una serie de enmiendas a la norma general local, que buscan homologar dicha disposición a las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de que pretende garantizar que tanto autoridades municipales como estatales, otorguen presupuesto a dichos sectores.
“La presente iniciativa de reforma se establecerá en el máximo ordenamiento constitucional de nuestro Estado, no solo el reconocimiento jurídico de los derechos individuales y colectivos de nuestras comunidades y pueblos indígenas, sino que se instituirá en la propia norma los medios e instrumentos necesarios para obligar al gobierno estatal y a los municipios, a hacer efectivos esos derechos, y así evitar que se conviertan en letra muerta los derechos reconocidos en nuestra Carta Magna», indicó en tribuna.
Añadió que la iniciativa tiene la noble finalidad de eliminar paulatinamente la histórica discriminación, racismo, exclusión e invisibilidad de que siempre han sido objeto nuestros pueblos y comunidades indígenas.
Dicha propuesta establece reformas a los párrafos segundo y tercero del artículo 1 de la Constitución local, a fin de que queden de la siguiente forma:
“Tiene el estado de Tlaxcala una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos náhuatl y otomí, por lo que se reconocen los pueblos y comunidades indígenas y se les garantiza el derecho a preservar su forma de vida, elevar el bienestar social de sus integrantes, a la libre determinación en los términos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se les reconoce como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, cultura, religión, educación bilingüe, usos, costumbres, tradiciones, prácticas democráticas, patrimonio étnico, artesanal y formas específicas de organización social y se garantiza a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado.
En el párrafo tercero de ese mismo numeral propone establecer que “los pueblos y comunidades indígenas gozarán del reconocimiento, de los derechos y de la protección que de ellos establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y solo tendrán como limitante el menoscabo a los derechos humanos contenidos en la propia Constitución Federal y a los establecidos en la presente Constitución. Serán consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar, cuando éstas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas”.
Además, propone adicionar una fracción al artículo 54 constitucional para ordenar que “en el presupuesto anual de egresos del estado, el Congreso deberá contemplar asignaciones presupuestales de por lo menos el 3 por ciento del total de recursos previstos en los rubros relativos a programas de infraestructura social, educativa, salud e hídrica, para ser transferidos directamente a los pueblos y comunidades indígenas, que serán administradas directamente por estos, con base en normas y criterios compensatorios, equitativos, justos y proporcionales, en los términos de las leyes aplicables”.