385Grados / Congreso / REDACCIÓN / La diputada Lorena Ruiz García propuso adicionar el Código Penal del estado a fin de sancionar con hasta ocho años de prisión y multa de hasta mil veces la unidad de medida y actualización (UMA) a quien grabe, difunda, publique en cualquier medio imágenes o indicios relacionados con procedimientos penales.
Durante la primera sesión ordinaria de este jueves, la legisladora por MORENA planteó adicionar un artículo 187 Bis a fin de combatir la violencia mediática en razón de género.
«Ante esta nueva era en la que la información llega a miles de personas un tan sólo unos segundos, es importante proteger a las víctimas de un delito de ser expuestas en fotografías en redes sociales y medios de comunicación por varias razones».
En este sentido, Lorena Ruiz precisó que esta exposición puede revictimizar al generar daños psicológicos y emocionales, tener un impacto negativo en las familias de las víctimas y también en la sociedad en general; además de afectar el proceso judicial y obstaculizar la labor de las autoridades.
«La tipificación como delito de la indebida difusión, revelación o publicación de información reservada, indicios, hallazgos u objetos relacionados con un procedimiento penal por parte de un servidor público es de vital importancia por diversas razones que atentan contra la justicia, la transparencia, la seguridad y la protección de los derechos fundamentales de las personas involucradas en dicho procedimiento», indicó.
En consecuencia, la congresista propuso que serán acreedores a prisión de dos a ocho años y multas de 500 a mil UMAS las personas servidoras públicas, periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que de forma indebida difundan, expongan, compartan, intercambien, graben o reproduczcan en cualquier formato información reservada, documentos, fotografías, evidencias o indicios realmente con procedimientos penales o hechos tipificados como delitos.
Además, la sanción incrementará en una tercera parte cuando el objetivo sea menoscabar la dignidad de una víctima; cuando el material sea sobre cadáveres de mujeres, niñas, niños y adolescentes; o donde sean sobre las circunstancias de la muerte, lesiones o estado de salud de las víctimas.