385 Grados
Congreso

Propone Mónica Sanchez reformas para fortalecer la función de las y los sindicos en Tlaxcala y su firma sea requisito para aprobación de la cuenta pública 

*A través de reformas a la Ley Municipal.

385 Grados / Tlaxcala / Maire PISCIL/ Con la finalidad de promover un desempeño eficiente y eficaz de las y los síndicos en los 60 ayuntamientos y que su firma de la cuenta pública sea un requisito para su aprobación, la diputada local, Monica Sánchez Angulo presentó reformas a diversos artículos de la Ley Municipal para el estado de Tlaxcala.

El documento presentado en la sesión de la Comisión Permanente del Poder Legislativo señala que la sindicatura es el órgano de control, complementario a la fiscalización, en búsqueda de la justicia, de modo que es el responsable de representar legalmente al municipio, velar por los intereses del mismo, para no ser vulnerado. Asimismo, recaba las demandas por parte de los ciudadanos, para presentarlas ante el Ayuntamiento y darles atención.

Además de que ejerce funciones de verificación y convalidación complementaria de la fiscalización y la contraloría interna y tiene voz y voto, en las sesiones del Cabildo, en todos los temas que ahí se expongan.

Afirmó que en la actualidad en la mayoría de los ayuntamientos las y los sindicos se enfrentan a la obstrucción de facultades y obligaciones; reclamo de competencias; e invasión de responsabilidades e incumplimiento de facultades y obligaciones.

Abundó que los alcaldes se manifiestan inconformes con el estado de desempeño institucional, por desconocimiento, dolo, mala fe, tráfico de influencias, corrupción o incompetencia, respecto del desempeño de las facultades y obligaciones, propias de la Sindicatura Municipal.

Refiere que en la mayoría de los casos son los presidentes municipales quienes niegan los recursos técnicos para la contratación de asesores profesionistas y administrativos , dando lugar al silencio administrativo, cuando se solicitan informes por escrito y no se recibe respuesta, evitando el reconocimiento de firma de la persona titular de la Sindicatura Municipal, en la Cuenta Pública, negando el acceso de verificación a las firmas valoradas; así como, no dan acceso a la Información pública requerida por quien encabeza los trabajos de la Sindicatura Municipal, por ser de su competencia.

Lo anterior, sostuvo, contribuye a una atmósfera de confusión y falta de respeto a la competencia de las facultades y obligaciones de un integrante consubstancial de los Ayuntamientos.

Ante ello, Sánchez Angulo propuso que los alcaldes deberán poner a disposición de la persona titular de la Sindicatura Municipal, en el lugar u oficina de la misma, la cuenta pública para su revisión y validación cuando menos 10 días hábiles, antes de ser enviada al Congreso y verificará su puntual entrega.

Señala que para desempeñar su función deberá contar con los recursos humanos, financieros y materiales para su eficaz y puntual cumplimiento. Para ello, se deberá contratar un licenciado en derecho y un contador público, los cuales formarán parte de la administración pública municipal y su remuneración será equivalente a la del nivel de dirección.Otra de las funciones propuestas tiene que ver con la facultad de proponer ante el Cabildo la baja definitiva de bienes muebles obsoletos, misma que no requerirá de autorización alguna o trámite ante otro ente público, siempre y cuando, su depreciación comercial sea igual a cero pesos.

Además, establece que la falta de la firma por causa fundada de su omisión, de la cuenta pública por parte del titular de la sindicatura municipal será motivo para la no aprobación de la misma por parte del Congreso del Estado.

Ayuntamiento formulará, actualizará y establecerá por medio de la Secretaría y la persona titular de la Sindicatura, en forma semestral, el inventario general de los bienes muebles e inmuebles, propiedad del Municipio.

Asimismo en coordinación con el responsable de tesorería , deberá cuidar que los contratos mediante los cuales se constituyan los Fideicomisos.

La propuesta fue enviada a la comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su análisis y dictaminación correspondiente.

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