385 Grados
8 columnas

Invalida SCJN 26 Leyes de Ingresos municipales de Tlaxcala 2023

*Considera que presentan diversas violaciones. 

385 Grados / Tlaxcala / Maire PISCIL / Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos 2023 de 26 municipios de Tlaxcala, por violaciones a la proporcionalidad tributaria, al derecho a la seguridad jurídica, y al principio de gratuidad en el acceso a la información pública y protección de datos personales.

Lo anterior, resultado del análisis de la Acción de inconstitucionalidad 46/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que solicitó la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos de Municipios del Estado de Tlaxcala, para el presente ejercicio fiscal.

En la sesión de este lunes, por unanimidad el pleno determinó que en dichas leyes se preveían cobros por el servicio de alumbrado público, los cuales se determinaban en función del beneficio en metros luz de acuerdo con el frente cada predio, lo que vulneraría los principios de proporcionalidad y equidad tributarios, al tomarse en cuenta elementos ajenos al costo que representa para el municipio la prestación del servicio.

Asimismo, establecen costo por el suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado, en los cuales se delegaba a una autoridad administrativa la facultad de determinar el monto de la tarifa aplicable a dichos servicios, lo que vulneraría el derecho a la seguridad jurídica, así como los principios de reserva de ley y legalidad tributaria.

Asimismo, establecen cobros por la reproducción de información en constancias o certificaciones, relacionados con el derecho de acceso a la información, en los que el legislador local no justificó de manera objetiva y razonable el costo de los materiales para la reproducción de la información, lo que violentaba el principio de gratuidad que rige el mencionado derecho.

Además, por la búsqueda, expedición de documentos en copias simples y certificadas, así como por su digitalización, no relacionados con el derecho de acceso a la información pública establecen un costo, servicio que debe ser gratuito.

De acuerdo los proyectos presentados por la Ministra, Yasmín Esquivel Mossa, se resolvió que las Leyes de los municipios de Tequexquitla, Ixtacuixtla, Papalotla, Nopalucan, Ayometla, Tepeyanco, Terrenate, Xaloztoc, Xaltocan, Zacatelco, Yauhquemehcan, Tetlatlahuca, Tetla de la Solidaridad, San Pablo del Monte, Calpulalpan, Huamantla Chiautempan, Contla, Santa Apolonia Teacalco, Tlaxco y Zitlaltepec violaban los principios de proporcionalidad y equidad tributaria los artículos referentes al cobro de alumbrado público, al pretender calcular el monto en función de la distancia del frente de cada predio y esto implica elementos «ajenos al costo que representa para el municipio a prestación del servicio».

En tanto que las Leyes de Tepeyanco, Xaltocan y Huamantla fueron invalidadas en lo relativo al suministro de agua potable, drenaje y alcantarillado, pues se delegaba a una autoridad administrativa la fijación de tarifas.

Asimismo, los ministros determinaron que existieron violaciones al principio de gratuidad en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte del ayuntamiento de Ixtacuixtla. Mientras que los municipios de Ixtacuixtla, Nopalucan, Ayometla, Tepetitla, Tetla de la Solidaridad, San Pablo del Monte, Tequexquitla, Papalotla, Tepeyanco, Terrenate, Xaloztoc, Xaltocan, Yauhquemehcan, Nanacamilpa, Calpulalpan, Huamantla, Contla, Lázaro Cárdenas, Santa Apolonia Teacalco, Tlaxco y Zitlaltepec establecieron cobros desproporcionados por expedición de documentos en copias simples y certificadas, así como por su digitalización no relacionados con el acceso a la información pública; además por la búsqueda de documentos que debe ser una actividad estatal gratuita. que incurrieron en la misma práctica.

Ante ello, el pleno de la SCJN exhortó al Congreso de esa entidad para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten el mismo vicio de inconstitucionalidad.

En el 2023 también fueron invalidadas un total de Leyes de Ingresos 2022 de 13 municipios, los cuales también incurrieron en cobros de servicios injustificados.

Related posts

“Nadie está a fuerza” en el Congreso de la NUMET Tlaxcala 2023: Homero Meneses

admin

Suspende Sepe-Uset clases presenciales en 53 escuelas en tres municipios

admin

Deja Celaya Gamboa la SSC, es el tercer secretario en la administración de la morenista Lorena Cuéllar Cisneros 

admin

Leave a Comment