385 Grados
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Se les acabó su agosto: Expiden reglamento para normar servicio, corralones y encierros oficiales en el estado.

* Busca regular y mejorar la prestación de servicios. 

385 Grados / Tlaxcala / Araceli LIRA / El gobierno estatal, a través de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT), ha promulgado el Reglamento de los Servicios Auxiliares de Arrastre, Salvamento y Depósito de Vehículos. Con el objetivo de garantizar un traslado seguro, accesible, eficiente y sostenible de personas y bienes.

 Este reglamento, entro en vigor desde el pasado 16 de enero de 2024, tiene como propósito principal proteger los derechos tanto de los usuarios como de los prestadores de servicios, contribuyendo al orden público.

El decreto establece los procedimientos para la concesión de servicios auxiliares, así como los derechos, obligaciones, requisitos, tarifas y sanciones aplicables a partir de la fecha de su publicación. Entre las disposiciones clave se encuentran las tarifas máximas autorizadas para depósitos vehiculares y servicios auxiliares en las vías de comunicación estatal.

Las tarifas máximas para el servicio de arrastre y salvamento varían según el tipo de grúa utilizada, los cuales se clasifican de A a la D, y los valores se encuentran oscilando entre 7.5 y 11.25 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En cuanto al servicio de depósito de vehículos en corralones oficiales, las tarifas varían desde 0.20 para bicicletas, motocicletas, hasta 1.40 veces el valor de la UMA, para tractocamiones con semirremolque.

Para garantizar una distribución equitativa de los servicios, se establecen demarcaciones territoriales coincidentes con las delegaciones de trámites y servicios de la dependencia estatal en municipios como Tlaxcala, Santa Ana Chiautempan, Apizaco, Zacatelco, Huamantla, Tlaxco, San Pablo del Monte y Calpulalpan.

 Las concesiones tendrán una vigencia de un año y deberán ser refrendadas durante los primeros 30 días del año entrante, sujeto a la presentación de solicitudes y al mantenimiento de condiciones adecuadas para la prestación del servicio.

Es necesario que las personas físicas y morales que brinden servicios de grúas, corralones o encierros realicen las adecuaciones necesarias y tramiten el título de concesión en un plazo no mayor a veinte días naturales a partir del 17 de enero. Aquellos que no cumplan con este requisito estarán sujetos a sanciones, incluyendo multas de 40 a 200 UMA por diversas infracciones, como alterar cifras autorizadas, devolver vehículos a personas no autorizadas, omitir medidas de control y vigilancia, entre otras.

En conclusión, este nuevo reglamento busca regular y mejorar la prestación de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, asegurando la seguridad y eficiencia en el transporte, así como protegiendo los derechos de los usuarios y prestadores de servicios en el estado.

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