385 Grados / Tlaxcala / REDACCIÓN / La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del Ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi en la Controversia Constitucional 42/2026, al declarar inválidas diversas disposiciones del Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala correspondientes al ejercicio fiscal vigente, al considerar que vulneraban la autonomía financiera de los municipios.
La resolución fue aprobada por el Pleno del máximo tribunal del país con seis votos a favor y tres en contra. Con ello, la Corte determinó que el Congreso del Estado excedió sus atribuciones al establecer límites al porcentaje de recursos que los municipios podían destinar a rubros como adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y acciones relacionadas.
El Ayuntamiento de Contla argumentó que dichas restricciones afectaban la libre administración de su hacienda pública, derecho reconocido en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Tras analizar el caso, la mayoría de las ministras y ministros coincidió en que esas disposiciones representaban una intromisión en las facultades que la Constitución otorga a los gobiernos municipales para decidir sobre el ejercicio de sus recursos.
El proyecto obtuvo el respaldo del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, así como de las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Sara Irene Herrerías Guerra, María Estela Ríos González y Loretta Ortiz Ahlf, además del ministro Irving Espinosa Betanzo.
En contraste, la ministra Lenia Batres Guadarrama y los ministros Giovani Azael Figueroa Mejía y Arístides Rodrigo Guerrero García votaron en contra, al considerar que las disposiciones impugnadas buscaban fortalecer los mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas en el manejo del gasto público.
La sentencia tendrá efectos únicamente para el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, al ser la autoridad que promovió la controversia constitucional, por lo que las normas declaradas inválidas dejarán de aplicarse exclusivamente en ese caso.
Con esta determinación, la Suprema Corte emitió un nuevo fallo en el que limita la actuación del Congreso de Tlaxcala respecto a la regulación de facultades municipales, al privilegiar el principio constitucional de autonomía hacendaria de los ayuntamientos.
