385 Grados
Política

Ordena TET al ITE registre al PRI sus candidatos a diputados por mayoría relativa y representación proporcional

*Con la finalidad de no violar el derecho de los aspirantes de ser votados ante una omisión que cometió la dirigencia a través de sus representantes ante el órgano electoral.

385 Grados / Tlaxcala / Maire PISCIL / Para no violar su derecho a ser votados por los errores u omisiones que cometieron la dirigencia estatal a través de sus  representantes propietarios y suplentes del Partido Revolucionario Institucional (PRI), magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinaron que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) deberá recibir la documentación que permita subsanar los errores e inconsistencias en las solicitudes de registro de sus candidatos a diputados locales por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional y verificar si cumplen o no  con los requisitos.

Los magistrados determinaron que, si bien el representante suplente del PRI presentó de manera extemporánea la documentación de registro de los candidatos a diputados por mayoría relativa en los distritos 07, 11, 13 y 14, los aspirantes presentaron ante la dirigencia estatal de su partido de manera oportuna la documentación, de modo que                                                                                                                                                                                  “no pueden ser perjudicados por errores u omisiones que únicamente son atribuibles a los representantes propietarios y suplentes del PRI, por lo tanto al no realizar la verificación respecto del Registro de Personas descritas en anexo, 2 del acuerdo ITE CG/ 77/2024 se violenta el derecho político electoral de ser votado de las personas actoras”.

Lo anterior debido a que los promoventes fueron electos en el principio del procedimiento interno de selección de candidatos del PRI realizado por la Comisión Nacional de Procesos Internos en Tlaxcala y que consta en las constancias entregadas el pasado 21 de marzo como candidatas y candidatos a las diputaciones locales propietarios y suplentes.

Bajo este principio el ITE negó el registro a Héctor Martínez Zamora, aspirante del distrito 07; Noé Parada Matamoros, distrito 11; Sandra Cortés Águila, distrito 13 y Damaris Cortés Ramírez, distrito 14.

En lo que respecta al Juicio Electoral que presentaron la dirigencia estatal, los representantes del PRI y las y los candidatos a diputados por el principio de representación proporcional en contra del acuerdo  del ITE mediante el cual se les negó el registro de las fórmulas, los magistrados determinaron que el órgano electoral deberá recibir la documentación que permita subsanar las omisiones e inconsistencias.

Con base al proyecto de acuerdo presentado por la ponencia dos a cargo del magistrado Miguel Nava Xochiteotzin refiere que existió omisión por parte del Comité Directivo del PRI al presentar de forma incompleta la documentación ante el ITE “debido a cuestiones de almacenamiento y resguardo de los documentos presentados, lo que ocasionó que por error o descuido la documentación correspondiente no fuera presentada debidamente ante la autoridad administrativa electoral”.

Al tiempo que por parte de la autoridad electoral no existió algún requerimiento ni lo hizo del conocimiento a los ciudadanos, “pues los mismos tuvieron conocimiento de los suscitado hasta el día 6 de abril”, lo que representa una vulneración de los derechos políticos electorales de los promoventes a ser votados.

“Bajo estas condiciones se vincula al Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones que permita a los ciudadanos actores subsanar los errores e inconsistencias en sus solicitudes de registro de manera efectiva en las que haya incurrido el PRI ello a través de los representantes acreditados ante el Consejo General de dicho instituto priorizando en todo momento la garantía de audiencia de los interesados a fin de resarcir su derecho de ser votado”.

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